Como un paso necesario para continuar con la digitalización de las empresas, desde el gobierno se pretende promover la implementación de la factura electrónica. Con ese fin, se ha llevado a consulta pública el reglamento incluido en la Ley Crea y Crece que marca los plazos para que, tanto grandes empresas como PYMES, implanten su factura digitalizada.
Desde Sel14, como asesores para empresas en Pontevedra, queremos informarte de todo lo que puede suponer esta obligatoriedad de la factura electrónica.
¿Qué se considera factura electrónica?
Este tipo de facturas se emiten y reciben por formato digital, con las mismas condiciones y validez a efectos legales que una factura de papel. Está también bajo obligación de cumplir con los mismos requisitos e incluir la misma información que una factura tradicional.
Disponer de facturas en este tipo de formatos nos reporta diversos beneficios, como la reducción de plazos de cobro o costes de impresión y envío postal. Actualmente, y desde el año 2015, la factura electrónica era obligatoria en relaciones con la administración pública, pero a partir de ahora se plantea también imponer su uso a nivel business to businnes o B2B (es decir, en procesos comerciales entre dos empresas).
¿Qué se contempla en el proceso de consulta sobre la factura electrónica?
Aunque la Ley Crea y Crece lleva en vigor desde el año pasado, no es hasta ahora que se ha definido exactamente cómo será el procedimiento para establecer la obligatoriedad de la factura electrónica. Como expertos en trámites y asesoramiento fiscal para empresas, queremos darte toda la información que necesitas sobre el estado del procedimiento.
En estos momentos, su aprobación es aún provisional, pero una vez se acepten estos términos se establecerán dos plazos, dependiendo de la facturación de la empresa.
- Las que tengan ingresos superiores a 8 millones de €, contarán con un plazo de 12 meses para llevar a cabo los trámites necesarios de implantación de la factura electrónica.
- Para el resto de negocios, este período se aumenta hasta 2 años, por considerar que su músculo financiero necesitará de un plazo más laxo para implementar los cambios necesarios.
Esta obligatoriedad de la factura electrónica excluye a clientes particulares, cuyo derecho a continuar recibiendo recibos en papel sigue siendo reconocido. También se incluye la obligación de garantizar el acceso a los datos, su carga remota y su utilización por parte de la Agencia Tributaria.
El proceso de consulta pública estará abierto al público hasta el 22 de marzo de 2023, por lo que podremos enviar cualquier sugerencia sobre este proyecto a través del correo electrónico, que se tendrán en cuenta antes de su aprobación.
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